Certificaciones de eficiencia energética.
El 10 de julio de 2013 se publicó en la página web del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, el documento de “Respuestas a preguntas frecuentes sobre el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios” donde se reconoce la competencia del INGENIERO TÉCNICO EN TOPOGRAFÍA.
GEOINGENIEROS
TRABAJOS REALIZADOS
Los inmuebles son catalogados con las letras A, B, C, D, E, F y G (etiqueta de eficiencia energética) de acuerdo al resultado de la certificación, otorgándose la letra A (la máxima calificación) a aquellos inmuebles que potencialmente consumen menos energía en tanto que la letra G (la mínima calificación) se otorga a aquellos inmuebles que consumen mucha más energía. Asimismo, se catalogan con una letra (de la A a la G igualmente) en cuanto a las emisiones de CO2 asociadas a ese consumo de energía. El objetivo final de esta normativa es favorecer la promoción de inmuebles de alta eficiencia energética.
INFORMACIÓN
DETALLES AMPLIADOS
Técnicos competentes para certificar según el Ministerio para la transición Ecológica y el Reto Demográfico.